Días de vacaciones en España: ¿qué dice la Ley? 

Descubre cuántos días de vacaciones te corresponden al año, la diferencia entre los laborables y naturales, y otras dudas frecuentes.

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Las vacaciones son, probablemente, el momento más esperado del año. No importa si es para hacer una visita a la familia, viajar al otro lado del mundo, pasar las tardes en la playa o descansar en casa con ese libro que tienes pendiente. Sin embargo, al momento de pedir estos días de vacaciones existen muchas dudas. 

En este post, te explicamos lo que dice la Ley sobre los días de vacaciones en España, cuál es la diferencia entre días laborales y naturales y cómo calcularlas. ¿Te interesa este tema? ¡Sigue leyendo! 

El Estatuto de los Trabajadores sobre los días de vacaciones 

En España, la regulación de las vacaciones laborales está establecida principalmente por el Artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores. Estos son cinco puntos clave que debes conocer, según la ley: 

Duración 

Los trabajadores tienen derecho a un período mínimo de vacaciones anuales retribuidas de 30 días naturales. Este es el mínimo establecido por ley, pero los convenios colectivos pueden establecer períodos más largos. 

Determinación del período de disfrute 

El período de disfrute se fijará de acuerdo entre el empresario y el trabajador, según lo establecido en su convenio colectivo sobre planificación anual de las vacaciones. En caso de desacuerdo, el trabajador y el empresario pueden acudir a la jurisdicción social para que se determine el período vacacional. 

Fijación del calendario 

El calendario vacacional debe ser fijado en cada empresa. El trabajador debe conocer las fechas que le correspondan al menos con dos meses de antelación al comienzo del disfrute. 

Proporcionalidad 

Si el contrato de trabajo se inicia o finaliza durante el año, el trabajador tendrá derecho a la parte proporcional de las vacaciones según el tiempo trabajado durante ese año. 

Vacaciones y situaciones especiales 

Si el período de vacaciones coincide con una incapacidad temporal por contingencias distintas de las mencionadas anteriormente que imposibiliten al trabajador disfrutarlas total o parcialmente durante el año natural a que correspondan, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado. 

En caso de baja por maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo, o riesgo durante la lactancia natural, el trabajador tiene derecho a disfrutarlas en un período distinto, aunque haya terminado el año natural al que correspondan. 

¿Cuál es la diferencia entre días laborables y días naturales? 

En el contexto laboral, es importante distinguir entre días laborables y días naturales, ya que esta diferencia puede afectar el cálculo de los días de vacaciones. Los días naturales son todos los del calendario, de lunes a domingo, incluyendo los festivos. Mientras tanto, los días laborables son los que se suelen trabajar, excluyendo generalmente los fines de semana y los festivos. En la mayoría de los casos, se consideran días laborables de lunes a viernes. 

Ahora bien, si vas a pedir los días de vacaciones tienes que fijarte cómo se expresan en el contrato. Si están en días naturales y tienes 30 días de vacaciones, puedes estar fuera del trabajo durante un mes completo incluyendo fines de semana y festivos.  

Por otra parte, si las vacaciones se expresan en días laborables y tienes 22 días de vacaciones podrás disfrutar de esta cantidad de días, pero solo contando de lunes a viernes, y excluyendo los festivos.  

Aprende cómo calcular los días de vacaciones en días laborables 

Para calcular las vacaciones en días laborables, se sigue un proceso que generalmente implica convertir los días naturales a días laborables, dado que en muchos convenios colectivos se estipulan las vacaciones en días laborables. Pero veámoslo en la práctica. 

Lo primero es calcular los días laborables totales. Un año tiene 365 días (366 en un año bisiesto). Luego, restamos la cantidad de fines de semana (sábados y domingos): 52 semanas x 2 días = 104 días (o 105 días en un año bisiesto). Si hay festivos nacionales, regionales o locales, también se restan. Supongamos que hay 14 días festivos en total. El resultado son 247 días laborales al año.  

Ahora, pongamos el caso de alguien que empezó a trabajar de enero a junio. Hay que calcular los días que ha estado en la empresa. En este caso dividimos los 6 meses entre los doce del año entero, y el resultado lo multiplicamos por 247 (de los días laborables al año). Obtenemos que ha trabajado un total de 123.5 días.  

Por último, se debe conocer de forma proporcional cuantos días le corresponden de vacaciones. Para ello, dividimos la cantidad de días trabajados (123.5) entre los días laborables del año (247). Todo esto, luego lo multiplicamos por 22, que suele ser la cantidad de días de vacaciones al año que incluyen los convenios colectivos. La fórmula se plantea: (123.5/247)*22. Si hacemos el cálculo, el trabajador tiene derecho a 11 días laborables de vacaciones

¿Puedes sustituir las vacaciones por días de trabajo pagados? 

Ya te adelantamos que no. En España, según el Estatuto de los Trabajadores, no se permite sustituir las vacaciones anuales retribuidas por compensación económica, excepto en el caso de la finalización del contrato de trabajo. Las vacaciones anuales son un derecho irrenunciable de los trabajadores y no pueden ser sustituidas por compensación económica ni siquiera con el consentimiento del trabajador. 

Esta medida tiene como objetivo asegurar que los trabajadores disfruten de un descanso adecuado y recuperen fuerzas, lo cual es beneficioso tanto para su bienestar personal como para su rendimiento laboral

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