¿Qué impuestos pagan los autónomos en 2023?

En Educa.Pro, repasamos los distintos impuestos que deben pagar los autónomos. Tocaremos el IVA, el IRPF y la cuota de autónomo. ¡Infórmate!

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La principal preocupación de un autónomo son los impuestos que deben de pagar, y es que estos trabajadores por cuenta propia tienen que hacer frente a una serie de obligaciones fiscales de manera recurrente. Ningún autónomo quiere estar en deuda con Hacienda y con la Seguridad Social, ¿pero qué impuestos deben pagar en 2023? 

Antes que nada, vamos a aclarar el concepto de autónomo. Este profesional se define como una persona física que, de forma habitual, personal y directa, realiza por cuenta propia una actividad económica a título lucrativo. La principal característica de estas personas es que no están sujetas a ningún tipo de contrato. 

Trabajan por cuenta propia y normalmente cuenta con trabajadores a su cargo, además de tener un establecimiento abierto al público. Y claro, al no tener nadie que los haya contratado, tienen que pagar ciertos impuestos a Hacienda y a la Seguridad Social. En Educa.Pro, repasamos dichos impuestos y los desgranamos en profundidad. 

Impuesto sobre el Valor Añadido, el IVA 

El IVA es un impuesto que se suma al valor de cualquier bien, prestación de servicio o importación de bienes. Si tú, como autónomo, ofreces servicios o productos, debes de añadirle este IVA en las facturas para luego ajustar las cuentas con Hacienda.  

Eso sí, su liquidación se calcula a través de la diferencia entre el IVA devengado en facturas de ingreso y el IVA soportado en las facturas de gasto para poder completar la actividad. ¿Cada cuánto tienes que pagar el IVA? Se hace trimestralmente. 

¿Cuánto paga un autónomo de IRPF en 2023? 

El IRPF consiste en un impuesto sobre la renta de las personas físicas, que también afecta a los autónomos. Al final, se trata de tributar por la actividad que se mantiene. Así, el IRPF es el mismo para todos, dependiendo del rango de facturación de cada persona. Cuánto más dinero ganes, más tendrás que pagar en IRPF. 

Lo primero que debemos resaltar es que en España contamos con el régimen de estimación objetiva o módulos. Aquí se paga de IRPF en función de unos parámetros objetivos como los metros cuadrados del local o los kilómetros que hace el vehículo. De ahí que solo ciertas actividades puedan tributar por módulos, nunca autónomos que superen los 250.000 euros de facturación. 

Si nos vamos a las retenciones normales del IRPF, en 2023 nos encontramos con los siguientes tramos en función de la facturación: 

  • Retención del 19 % a los que facturen hasta 12.450 euros. 
  • Retención del 24 % a los que obtengan entre los 12.450 y 20.200 euros. 
  • Retención del 30 % para los que ganen entre 20.200 y 35.000 euros. 
  • Retención del 37 % para los que obtengan entre 35.000 y 60.000 euros. 
  • Retención del 45 % para los que facturen entre 60.000,01 y 300.000 euros. 
  • Retención del 47 % para los que superen los 300.000 euros. 

Las cuotas de autónomos en el 2023 

Para ser un autónomo de pleno derecho, antes tienes que darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Apuntarte significa que tendrás que pagar mensualmente lo que se llama “cuota de autónomos”. Esta tasa la tendrás que pagar desde el primer día en el que inicies tu actividad. 

Una de las claves en este aspecto es que la base de cotización condiciona la cantidad que pagas, pero también de las prestaciones que puede recibir un autónomo. En otras palabras, en función de la base de cotización, disfrutarás de unas ventajas u otras en caso de jubilación, bajas por accidente o enfermedad o cese por actividad. 

Desde el 1 de enero de 2023 se definió un modelo de cotización para los autónomos. Se trata de un modelo progresivo que estará vigente durante 3 años, entre 2023 y 2025. Durante estos años, las personas que menos pagan verán cómo disminuye su cuota, mientras que incrementa para los que ganan más. 

Estos son los 15 tramos de la cuota para autónomos: 

Tramo Base de cotización mínima 2023 (€) Cuota 2023 (€) 
Hasta 670 751,63 230 
Entre 670 y 900 849,67 260 
Entre 900 y 1.166,70 898,69 275 
Entre 1.166,70 y 1.300 950,98 291 
Entre 1.300 y 1.500 960,78 294 
Entre 1.500 y 1.700 960,78 294 
Entre 1.700 y 1.850 1.013,07 310 
Entre 1.850 y 2.030 1.029,41 315 
Entre 2.030 y 2.330 1.045,75 320 
Entre 2.330 y 2.760 1.078,43 330 
Entre 2.760 y 3.190 1.143,79 350 
Entre 3.190 y 3.620 1.209,15 370 
Entre 3.620 y 4.050 1.274,51 390 
Entre 4.050 y 6.000 1.372,55 390 
6.000 € o más 1.633,99 420 

¿Qué gastos son deducibles de IRPF? 

Seguramente que habrás escuchado mil veces la frase “esto me lo desgrava Hacienda”, pero ¿qué gastos se pueden desgravar realmente? Te puedes desgravar todos los que formen parte de tu actividad profesional y estén directamente relacionados con ella. Para unos casos, solo necesitarás el ticket y en otros tendrás que tener la factura ordinaria. 

A continuación, te presentamos un listado de gastos que te puedes desgravar. Eso sí, ten en cuenta que dependerá de la actividad que desarrolles. 

  • Materiales y materias primas. 
  • Comisiones de tarjetas, cuentas o transferencias. 
  • Gasolina. 
  • Dietas. 
  • Ordenador. 
  • Impresora, disco duro y otros periféricos. 
  • Coche. 
  • Transporte, desplazamientos o viajes. 
  • Factura de Internet. 
  • Factura del móvil. 
  • Dominio de tu página web, hosting y licencia de software. 
  • Servicios de gestoría. 
  • Parking. 
  • Formación 
  • Vestuario profesional. 

¿Y qué hay del Impuesto sobre Actividades Económicas? 

El IAE se clasifica como un impuesto municipal, lo que significa que es gestionado y recaudado por los ayuntamientos en cada municipio. Este impuesto grava la realización de actividades económicas, sean profesionales, empresariales o artísticas, en el territorio de un municipio.  

El impuesto se basa en la capacidad económica de la actividad realizada y se establece en función de diferentes parámetros, como la actividad concreta, el tamaño de la empresa, los ingresos obtenidos, etc. 

Las características principales del IAE incluyen: 

  • Sujeto Pasivo: El sujeto pasivo del impuesto es la persona física o jurídica que ejecuta la actividad económica. Es decir, el contribuyente es el empresario, profesional o entidad que desarrolla la actividad. 
  • Tarifas y Epígrafes: El IAE se organiza en tarifas y epígrafes que corresponden a diferentes tipos de actividades. Cada actividad económica se clasifica en un epígrafe específico que define la base imponible y la tarifa aplicable. 
  • Declaración y Pago: Los sujetos pasivos deben presentar una declaración censal en el ayuntamiento correspondiente, donde se detalla la actividad económica hecha. Posteriormente, se calcula el importe a pagar en función de la tarifa y la base imponible establecida para el epígrafe en cuestión. 
  • Exenciones y Bonificaciones: Existen exenciones y bonificaciones que varían según la legislación de cada municipio. Algunas actividades pueden estar exentas total o parcialmente del impuesto, y en algunos casos se otorgan bonificaciones para fomentar ciertos sectores económicos. 
  • Período de Liquidación: El IAE se liquida de forma anual en la mayoría de los casos, aunque pueden existir regímenes especiales para actividades de temporada u otros casos particulares. 

Si deseas obtener información precisa sobre el IAE en tu país o región, te recomiendo consultar con las autoridades fiscales locales o con profesionales de impuestos. 

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